ASOCIACIÓN ARGENTINA DE RG-65

 

CONSTITUCIÓN

       TITULO

    1. La Asociación será conocida como Asociación Argentina de RG-65, (de

             Aquí en adelante la Asociación).

    1. La sede de la Asociación será itinerante, de acuerdo a donde establezca su domicilio el Comodoro de la Asociación.

 

2.         OBJETIVOS Y JURISDICCIÓN

 

    1. Promover la divulgación del diseño, la construcción y las reglas de la     

             Clase  RG-65.

    1. Estimular el espíritu deportivo y cooperación recíproca.
    2. Orientar y supervisar la realización de las regatas de veleros RG-65 en las competencias Nacionales
    3. La Asociación tendrá jurisdicción en todas las actividades de vela RC de la clase RG-65 en la Argentina.
    4. Proponer a la Autoridad Internacional, modificaciones a las Reglas de la clase.
    5. Enviar representantes a las reuniones de entidades Nacionales e Internacionales de Yatemodelismo.
    6. Preparar, mantener y publicar el registro de yates y patrones.
    7. Podrá organizar un Torneo Anual (Grand Prix) computando determinadas fechas organizadas por las distintas flotas o clubes y asignar el campeonato nacional a una agrupación o club.
    8. Podrá llevar un ranking anual de timoneles.
    9. Designar los medidores oficiales.
    10. Coordinar con las distintas flotas el calendario anual de regatas para evitar conflictos entre los torneos Internacionales, Nacionales y Regionales.

 

3.         AFILIACIONES

 

    1. La asociación reconoce:
  1. A la ISAF-RSD como autoridad internacional
  2. A LA Asociación Internacional Clase RG65 (AIC RG65)
  3. Cualquier otra entidad que considere beneficiosa para la Asociación.

 

4.         REGLAS

 

    1. La Asociación reconoce y vela por el cumplimiento de las siguientes reglas:
  1. ISAF Racing Rules of Mailing (RRS). (Reglamento de regatas)
  2. ISAF-RSD (Reglamento de Regatas para yates a radio control)
  3. Reglamento de la clase RG-65
  4. Reglas ISAF-RSD-Heat Racing Rules (H.R.S.) (regatas de flota)
    1. La Asociación deberá mantener informados a sus afiliados de:
  5. Avisos de regatas.
  6. Cualquier modificación a las reglas de la clase.
  7. Cualquier informe dado por Autoridad Internacional, Latinoamericana o Nacional.

 

 

5.         AFILIADOS

 

    1. Patrón: Todo propietario de un RG-65 registrado y con certificado de medición, tendrá frente a la Asociación, derecho a estar presente pero no tendrá derecho a voz ni voto.
    2. Flota: Cada conjunto de 3 ó más patrones pertenecientes a un núcleo de veleros podrá solicitar a la Asociación la constitución de una flota. Tendrá un representante (Capitán) ante la Asociación que tendrá derecho a voz pero no a voto.  El Capitán de flota mantendrá informada a la Asociación de sus actividades.

 

NOTA:  Patrón activo: es aquel patrón de un RG-65 que ha corrido anualmente como mínimo el 30% de las fechas de regatas de su flota.

 

6.        AUTORIDADES

 

    1. La Comisión Directiva de la Asociación estará compuesta por cada uno de los representantes de las flotas y agrupaciones afiliadas y un Comodoro.
    2. El Comodoro será elegido por mayoría simple con el voto de los timoneles activos.
    3. La duración del mandato de Comodoro será de 2 años y no podrá ser reelegido.
    4. Para ser elegido Comodoro, este, deberá ser previamente representante (Capitán) de una Flota
    5. La Comisión Directiva podrá designar distintas funciones entre los Capitanes y estos podrán a su vez, nombrar asesores o ayudantes para realizar sus tareas pero solamente podrán nombrar a afiliados de la Asociación (patrones de RG-65).

A modo de ejemplo:

-   Comodoro

    Función:

    Presidir asambleas

    Representante ante otras Instituciones Nacionales.

    Coordinar tareas.

    Etc.

 

-   Secretario General

  Función:

Coordinar los informes de la Asociación.

Mantener la comunicación fluida con sus afiliados.

Llevar registrada la actividad de la Asociación

Llevar registro de Flotas y Agrupaciones afiliadas.

 

-       Secretario de Regatas

Función:

Coordinar el calendario de regatas con la Flotas y Agrupaciones.

Llevar e informar los resultados de regatas para formar el Ranking Anual.

Llevar e informar los resultados de las regats que comprende el Grand Prix.

Elaborar los Avisos de regata correspondiente al Grand Prix.

Estar informado sobre modificaciones al Reglamento de Regatas (ISAF_RSD)

  1. Secretario Técnico

Función:

Llevar el registro de barcos.

Estudiar las propuestas sobre modificación de Reglamento de la clase elevadas por los afiliados.

Formar a los medidores de la clase.

Representar a la Asociación ante la Autoridad Nacional en los temas técnicos.

 

  1. Secretario de Finanzas

                Función

                Llevar la contabilidad de la Asociación.

 

    1. Si la Asociación lo considera necesario, y es aprobado por asamblea con las 2/3 partes de los votos, podrá recibir donaciones, (ej: premios especiales), hacer sorteos y rifas, tomar suscripciones a revistas especializadas y cualquier otra forma de manejo de dinero que considere necesaria.  En este caso deberá nombrar un Tesorero, el cual será elegido entre sus miembros, y deberá llevar contablemente el ingreso y egreso de dinero o bienes.  Elaborando a fin de año, un balance que deberá ser dado a conocer y aprobado por sus afiliados.
    2. En el caso de la disolución de la Asociación, todos sus bienes materiales y en efectivo serán donados a una entidad de bien público.

 

7.        ASAMBLEAS GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIAS.

 

    1. Asamblea General Ordinaria (anual)

La asamblea, es el poder soberano de la asociación y tiene atribuciones para decidir sobre todos los asuntos de interés de la Asociación que forman parte de este Estatuto.

    1. La Asamblea estará constituida por los representantes (Capitanes) de cada flota y/o agrupación afiliada a la Asociación con las atribuciones que limita el párrafo 5º.
    2. La Asamblea general anual ordinaria se realizará el último viernes del mes de noviembre a las 21 hs. En lugar a convenir.
    3. Los temas a tratar serán los siguintes:

1.- Informe del Comodoro de las tareas generales realizadas.

2.- Aprobación del Balance General. (si lo hubiere)

3.- Elección del nuevo Comodoro (si correspondiera)

4.- Renovación de representantes de las flotas o agrupaciones (si las hubiera).

5.- Temas varios (previo listado de postulantes)

6.- Nombrar 2 afiliados para firmar el acta.

7.5       Asambleas Extraordinarias

           La Comisión Directiva podrá llamar a una Asamblea Extraordinaria para:

           1.- Reformar el Estatuto, 2/3 de los votos

           2.- Disolver la Asociación, 2/3 de los votos.

           3.- Resolver problemas sobre asuntos urgentes.

 

 

 

Estatuto Original firmado por:

  

Máximo Lange    -  Representante por la Agrupación CAYM

Daniel de los Rios – representante por la Agrupación ARY

Mariano Calcagno – Representante por la Agrupación pileta Urquiza

     

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